Dentro del artículo que mencionábamos ayer en torno a las causas del comportamiento delictivo en los directivos de empresa Pastor nos presenta una interesante reflexión en torno a los límites de la autorregulación de este tipo de comportamientos dentro de una empresa.
Hay que partir de la base de que para una empresa nunca será una buena noticia detectar un comportamiento delictivo dentro de su organización. Sin embargo, en muchas ocasiones este tipo de conductas se suelen ocultar y se resuelven sin mediación del estado, aunque exista el deber de la empresa de denunciarlo. En este sentido, puede más el discurso empresarial en el que se prima la eficacia y la rapidez resolutiva antes que el castigo al sujeto responsable. El miedo a que la imagen de la marca se vea perjudicada lleva a que este tipo de temas sean tratados con poca transparencia, aún cuando eso les esté generando un perjuicio que puede ser mucho mayor.
Hay que tener en cuenta que las medidas autorregulatorias de una empresa para prevenir este tipo de comportamientos son necesarias, y de hecho es lo que venimos promoviendo reiteradamente en este blog. Pero el peligro estriba en querer ir más allá, y que esas medidas pretendan convertirse en una suerte de código penal interno. La intervención de una organización debe atenerse a lo que queda en sus manos, a las medidas de control y supervisión que dificulten las oportunidades de delinquir, a una buena labor en la selección de personal, y a la instauración de una estructura empresarial donde los valores éticos tengan un peso primordial. Solo de ese modo se podrá detectar este tipo de comportamientos antes de que se agraven y constituyan un delito. Del mismo modo, hay que tener en cuenta que la transparencia forma parte de esa lista de tareas pendientes dentro de las empresas, pero a la que cada vez se ven más obligados teniendo en cuenta las exigencias de los clientes, que no solo piden un producto, sino que ese producto sea acorde a unos valores éticos.
Hay que tener en cuenta, eso sí, que en tanto el estado es el encargado de proteger a las empresas ante los delitos que comete un individuo o individuos de las mismas, los mecanismos de persecución deben ser eficaces, de modo que si la organización apuesta por la protección estatal esto no termine por estigmatizar y empeorar la imagen de la marca. Es decir: la predisposición a colaborar en la persecución de estos delitos debe ser bien valorada por el estado, ya que de otro modo la reticencia seguirá existiendo.
Fomentar la confianza estado-empresa facilitará que la persecución de estas conductas se realice de forma eficaz. Queda en manos de ambas partes.
Acostumbro cada mañana buscar webs para pasar un buen rato leyendo y de esta forma me he tropezado vuetro post. La verdad me ha gustado el post y pienso volver para seguir pasando buenos ratos.
Saludos
Vaya Carmen, me alegro que te haya resultado de interés el post. Espero que además de pasar el rato consiga mostrar de la mejor forma posible todo lo que voy aprendiendo sobre la relación entre empresa y riesgo de conflicto.
¡Saludos!