Ed Hilterman (2015) realiza una interesante reflexión en un reciente número de la Revista Española de Sanidad Penitenciaria. En él aborda la relación existente entre clima laboral en el ámbito de la justicia y el comportamiento del infractor. Así, lo que viene a mostrar es que en función del clima laboral existente en un centro penitenciario, los resultados y decisiones sobre los infractores o los penados variarán de un modo u otro. Esto se puede ver a través de algunos de los estudios que menciona Ed:
- Hilterman, Ferrer y Capdevila (2005) encontraron que el clima laboral podía llegar a influir en la valoración del riesgo de reincidencia. Así, “aquellos profesionales con una apreciación negativa del clima laboral estimaron el riesgo de reincidencia en jóvenes infractores más alto en comparación con profesionales que percibieron el clima laboral más positivo”. Vemos entonces que incluso decisiones que debieran obedecer a cuestiones objetivables no lo son tanto. Esto puede deberse en parte a que los instrumentos de valoración del riesgo siguen dependiendo en gran medida de la percepción del sujeto evaluador, y de ahí es lógico que aparezcan sesgos cognitivos.
- García (2008), a través de una investigación sobre peligrosidad en el trabajo realizada en 106 centros penitenciarios encontró que había relación entre clima laboral y miedo de los trabajadores. Así, si el clima laboral era positivo, el miedo de los profesionales del centro se reducía. Esto puede influir en el modo de actuar con los internos, con un control sobre los mismos algo más laxo que evite las situaciones de tensión.
- Van der Broek (2013) encontró en las prisiones de Países Bajos que unas mejores condiciones laborales contribuían a un menor porcentaje de agresiones y a la reducción de incidencias dentro del centro.
En realidad se trata de esas cosas evidentes pero que alguien tiene que decir para que se tome conciencia. Igual que el trato con el cliente varía en función de la salud laboral de una organización, en el caso de la justicia los conflictos internos que existan dentro de las instituciones afectarán a los que de un modo u otro tengan relación con ella. Igual que hemos visto cómo los problemas laborales se trasladaban al ámbito familiar, hemos de entender que todos los aspectos estructurales de una organización incidirán en todo aquello que le rodee. El ámbito penitenciario no es en este caso una excepción a la norma. Podemos intuir entonces que el clima laboral puede tener efectos directos sobre la reinserción del penado. Un aspecto lo suficientemente importante como para entender el valor que tiene ofrecer al empleado unas condiciones óptimas para ejercer sus funciones.