Oscuro Claro

Esa es la pregunta que se hicieron en 2007 GLASÖ, L., MATTHIESEN, S., NIELSEN, M., y EINARSEN, S.
Para ello compararon a un grupo de personas que habían sufrido acoso laboral con otras que nunca habían sido sometidas a ese sufrimiento.
Entre los resultados obtenidos encontraron que:

  • Existe una diferencia significativa en la inestabilidad emocional del grupo de víctimas, mostrando mayor tendencia a la ansiedad, neurosis y siendo más fácilmente alterables.
  • Las víctimas eran más desorganizadas y independientes que el grupo control.
  • También resultaban ser más introvertidas y menos habladoras  que el grupo control.
  • Las víctimas mostraban también una tendencia a resultar menos simpáticas, comprensivas y diplomáticas que el grupo control.
  • Curiosamente, y aunque no se trate de una diferencia que permita establecer una correlación, las víctimas mostraron mejores resultados en lo que a la inteligencia se refiere.

De los cinco aspectos anteriores, el más relevante de ellos es el primero, ya que el resto tenían un grado de significatividad bastante bajo.
Así mismo, y partiendo de tesis previas, los autores del estudio realizaron una submuestra en la que revisaban si existía una diferencia de perfiles victimológicos. Así, encontraron la existencia de dos perfiles de víctima diferentes. Mientras el cluster 1 de víctimas mostraba menor diferencia de personalidad con el grupo control, el cluster 2 presentaba diferencias significativas en todos los rasgos anteriormente mencionados, resultando un perfil de persona inrovertida e inestable emocionalmente. Sin embargo, hay que tener en cuenta que este segundo subgrupo era tan solo el 36% de las víctimas, siendo una mayoría de víctimas las que no mostraban una diferencia en los rasgos de personalidad en comparación con el grupo control.
Los resultados no nos permiten concluir que exista un perfil victimológico en las personas que han sufrido acoso laboral. Hay que tener en cuenta también un aspecto determinante que puede generar un sesgo dentro del estudio: el haber sido víctima de acoso laboral puede haber generado secuelas psicológicas que expliquen la existencia de mayor ansiedad o introversión en comparación con el grupo control. No hay que olvidar que se trata de experiencias traumáticas que dejan marcada la relación de una persona con su entorno para siempre, y ello puede provocar que se tornen más desconfiadas y antisociales. Experimentar un rechazo como el que se produce en el acoso laboral te muestra el lado más malicioso del ser humano.
Quitando las cuestiones metodológicas, y aunque no se pueda afirmar con contundencia la existencia de un perfil victimológico determinado, sí se puede relacionar con algunos aspectos que ayudan a entender por qué se produce el acoso laboral. Ya hemos comentado en anteriores posts que la víctima de acoso laboral tiende a ser aislada del resto, que se posicionan antes con el fuerte que con la persona acosada. Por otra parte, las personas introvertidas víctimas de mobbing tienen más difícil recibir un apoyo por parte del entorno, ya que sus relaciones con los demás son lógicamente menos distendidas. El hecho de que puedan ser también personas menos dependientes de los demás puede llevar a que no se sometan fácilmente a los roles preestablecidos en un equipo. Del mismo modo, el hecho de que de por sí puedan resultar menos simpáticas o el no tolerar ciertas acciones a las que les puedan someter evidentemente supone un factor de riesgo. Finalmente, es interesante revisar el punto de la inestabilidad emocional. Hay que tener claro que un acosador someterá sus acciones sobre aquellas personas que realmente observe que se sienten afectadas por su conducta. Un acosador que no ve ninguna clase de afectación en la víctima no satisface sus intenciones, por lo que puede darse en su caso un desistimiento en su comportamiento. En cambio, si observa que sus acciones afectan visiblemente a la persona a la que somete, su comportamiento no remitirá, y de ahí se explica la prolongación en el tiempo de este tipo de actitudes.

2 comentarios
  1. Me siento identificada. Trabajo en el ambiente científico y sufrí de acoso laboral. Mi personalidad es como la describes, introvertida, independiente, inestable emocionalmente. No quiero decir que me considero mas inteligente que el resto de los trabajadores pero he sentido cierta envidia de un grupo particular de gente, ante mis logros académicos y profesionales. A causa de esto he sufrido humillaciones publicas, falsas acusaciones, sobrecarga de tareas, me han sometido a hacer el trabajo de otros ademas del mío y me han degradado en los puestos de trabajo tantas veces sin motivo hasta llegar al despido. En menos de un mes había adelgazado 10 kilos, y había perdido mi pareja además de mi dignidad. Hoy en día, 3 años después, me cuesta encontrar empleo, y siento el temor de volver a pasar por lo mismo. Siento que el mundo se está perdiendo de la gente que es capaz de hacer las cosas «bien» y a cambio, con total ignorancia prefiere el «amiguismo».

    1. Tienes toda la razón. Yo he sufrido acoso y me veo totalmente identificada con lo que dices. Cuando uno sobresale por su capacidad en un grupo y además es introvertido e independiente es muy probable que sea objeto de envidias y acoso por grupos de mediocres o jefes que no pueden controlar a ese trabajador que brilla y es independiente. La clave para hacer frente al acoso es afianzar tu autoestima, tu vales mucho, desactivarse emocionalmente de los acosadores, no entrar al trapo, y hacer siempre lo que consideras correcto. Quierete mucho y apoyate en personas que te quieran y te hagan sentir bien.

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Euroloto 24 y sus prácticas…poco éticas

Hace un año compartía con vosotros un post en el que hablaba de cierta llamada de una empresa con sede en Palma de Mallorca a nombre de Euroloto 24, que se dedicaba hacer llamadas telefónicas diciéndote que eras uno de los afortunados por conseguir un premio de 800 apuestas del Euromillón equivalentes a 1600 euros, pero que en realidad tenía trampa: se trataban de apuestas conjuntas cuya participación real era de 16 euros en una peña conjunta de 99 personas más.
Podéis ver el artículo completo aquí.

No contentos con seguir engañando a la gente (me reafirmo en ello porque los indicios y testimonios que están apareciendo dan lugar a plantear que realmente durante la llamada existen indicios de engaño por parte de esta empresa) parece que se dedican también a censurar a los que nos atrevemos a denunciar una práctica tan deplorable (por ejemplo aquí o aquí
) por lo que gran parte de los contenidos aparecidos en la red denunciando sus prácticas han sido borrados por el miedo a posibles represalias. Esta es la (supuesta) carta recibida por uno de los portales en los que se denunciaba a Euroloto 24 (en negrita van algunos puntos que me provocan urticaria de solo leerlos):



"Estimados Señores:

Yo Emilio P. C., actuando como letrado y representante de la mercantil Euroloto 24 S.L., tengo a bien realizar las siguientes manifestaciones:

1ª.- El motivo por el que me dirijo a ustedes no es otro que poner en su conocimiento que en determinado blog albergado en su portal se están vertiendo comentarios ofensivos y descalificadores acerca de la empresa a la que represento. Comentarios que obviamente no se acercan siquiera a la realidad, y que son constitutivos de ilícitos penales.

2º.- El Blog específico al que estoy aludiendo tiene la siguiente URL: OJO TIMO !!! “Euroloto 24 Directo” – Burbuja Económica – wsleone | NoticiasERB España

3º.- En concreto se tacha a Euroloto 24 S.L de ser una empresa estafadora, utilizando expresamente la frase siguiente “OJO TIMO!!! Euroloto 24 Directo”. A continuación se puede leer un artículo escrito por Juan R.M en el cual explica la supuesta estafa que lleva a cabo esta empresa, y numerosísimos comentarios de personas que vienen a refrendar este extremo y contar sus experiencias personales.

4º.- No es necesario, ni creo que sea este el lugar para exponer que evidentemente el negocio al que se dedica esta empresa no es en absoluto fraudulento, ya que todas las bases y condiciones del concurso están previamente explicadas y se cumple escrupulosamente con estas. Si alguien se siente engañado es que quizás no leyó adecuadamente el contenido del contrato, lo cual no puede ser achacado a la empresa que es transparente en este sentido.

5º.- En mi criterio, los comentarios y artículos que aparecen en dicho Blog, son constitutivos de un ilícito penal recogido en el artículo 205 del Código Penal Español y que no es otro que el delito de calumnias, que lleva aparejadas penas de hasta dos años de prisión.

6º.- Al no aparecer en dicho blog ninguna información acerca de la identidad del responsable de estos comentarios, y al encontrarse albergado dentro de su portal hemos de tener en cuenta que la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio electrónico dispone que el prestador de servicio de alojamiento o almacenamiento de datos será responsable de aquellos que allí se contengan salvo que no tengan conocimiento de que la información allí insertada sea ilícita o que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización.

7º.- En este concreto momento y por medio de la presente comunicación, damos por hecho que están ustedes perfectamente informados de la ilicitud de los comentarios allí albergados y de las consecuencias dañosas que está provocando para la entidad a la que represento, la cual ha visto mermados sus ingresos notablemente.

Es por esto por lo que les solicito encarecidamente que a la mayor brevedad posible retiren del mencionado Blog cualquier comentario que aluda a la mercantil Euroloto 24 S.L, y en concreto todos aquellos que atribuyan prácticas fraudulentas a una sociedad totalmente legal.

Si en el plazo de 15 días estos comentarios calumniadores continúan siendo visibles en el Blog en cuestión, entenderemos que no han actuado diligentemente en el ejercicio de su responsabilidad y nos veremos obligados a acudir al amparo de los Tribunales para el resarcimiento de los daños que se nos están produciendo.

8º.- No duden en ponerse en contacto conmigo si tienen alguna cuestión que plantearme, para lo cual pueden hacerlo por las siguientes vías:

Ante la posibilidad de que se aventuren a escribirme, "



De lo anterior, me interesa el punto 5ª, en el que menciona el artículo 205 del Código Penal: las calumnias. ¿Qué dice este artículo?:



"Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad."



Es probable que en ninguno de los artículos que se han eliminado hubiera tenido cabida este tipo penal, más teniendo en cuenta que lo que se presenta en la red son testimonios de multitud de gente a la que han llamado y otra tanta que se siente engañada (basta hagáis una simple búsqueda en Google para comprobarlo). No hay en ello conocimiento de falsedad ni desprecio de la verdad, sino puro testimonio.
Sin embargo, comprendo el miedo de los portales y blogs que han eliminado los contenidos.

¿Qué hacer ante tal intimidación? Los blogueros somos por norma general gente con muy buena predisposición y sin pelos en la lengua a la hora de opinar siempre que haya fundamentos para ello. Pero a la vez somos gente que escribimos por norma general por amor al arte, y vernos implicados en casos de éste tipo nos puede hacer más mal que bien por los costes económicos que provoca, y solo unos pocos pueden hacer frente a casos de este tipo (Véase, por ejemplo, Enrique Dans contra SGAE
).
Por ello, la única opción que nos queda es esperar a que este tipo de prácticas lamentables en las que descaradamente se aprovechan del cliente dándole información confusa se erradiquen a través de la difusión del caso.

Si os habéis encontrado con un caso igual o similar, no dudéis en difundirlo. Si no queréis pillaros los dedos, hablad de "posible estafa", "posible timo" o "posible engaño" exponiendo vuestro testimonio ante el mayor número de personas posible, porque todavía hoy son muchos los que caen en la trampa. Pero que no nos metan el miedo en el cuerpo por dar nuestra opinión. Démosles donde más les duele, que es evitando que nadie caiga en la trampa.

Por cierto, hace poco era detenido en Palma un hombre por este tipo de prácticas, así que quizá no vayamos tan desencaminados en nuestras sospechas ;-)

¿Es posible hacer un grado con la oferta actual de MOOC?

Ya he hablado en varias ocasiones de la disrupción que ya está provocando el modelo MOOC para las universidades. En primer lugar, las universidades que hasta ahora han estado ofreciendo formación online están presentando considerables descensos en el número de matriculados (la UNED por ejemplo, tuvo un descenso del 12% en el presente curso 2012/2013, y no es la crisis la causa única). En segundo lugar, la oferta de cursos en abierto empieza a ser tan amplia y heterogénea que lo difícil ahora es no encontrar ningún curso de interés.

Tal es así, que alguien se ha decidido a hacer algo que comenté hace unos meses pero que veía aún lejano (que equivocado estaba): intentar hacer el equivalente a un año de grado a través de los diferentes MOOC que hay disponibles.

Se trata de un experimento que, si sale bien, marcará un precedente del que muchos quizá tomemos ejemplo (por lo pronto, yo ya he programado mi propio semestre de criminología, del que os hablaré un poco más adelante). Sea como sea, la universalización de la educación y el acceso al conocimiento parece que avanzan a pasos agigantados.  

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