Oscuro Claro

Esta mañana revisaba una conferencia impartida por Iñaki Piñuel, experto en mobbing, en la ciudad de Valencia, de la cual no son pocos los puntos dignos de mención. Sin embargo, me centraré en un aspecto estructural en el que incide y que resulta tremendamente problemático a la hora de intentar mitigar el daño que puede llegar a hacerse a un empleado determinado dentro de la empresa.

Así, en un momento de la charla aborda la problemática del empleado que sufre acoso laboral y se atreve a denunciar: en lugar de ser respaldado por sus compañeros se le tiende a dar la espalda, a posicionarse del lado del acosador o de la organización o a no inmiscuirse en el problema. Esa marginación de la víctima obedece, a mi entender, a tres razones fundamentales:

  • El sectarismo laboral. Cuando una persona pertenece a una organización, y más cuando a dicha organización le vincula una relación laboral, la cultura que hemos integrado es la de rendir pleitesía a la empresa. No rendir culto al trabajo es visto como una falta de respeto. Y por ende, toda acción que pueda provocar inestabilidad en el seno de la empresa estará siempre mal vista por la mayoría de compañeros. No es necesario que lleguemos al extremo del acoso laboral: baste ver la dificultad existente para alcanzar un consenso entre compañeros cuando se tiene que expresar una queja. La mayoría optan por callar, y el que se decide a exponer el sentir de muchos acaba no pocas veces siendo despedido (y a veces, arrojado a los lobos por sus propios compañeros). Ese sectarismo lleva a que las situaciones se evalúen por parte del empleado de un modo diferente: no se juzga tanto si algo es correcto o incorrecto, sino que se analiza conforme a si esa acción afecta positiva o negativamente a la organización.
  • La cobardía. No vamos a negar lo evidente: la obediencia de los empleados a la dirección de la empresa, y el sometimiento a niveles que superan lo degradante es solo posible en una sociedad que cuenta con individuos cobardes, personas que por miedo en muchas ocasiones infundado optan por hacer el menor ruido posible a costa de generar consecuencia negativas para el resto de trabajadores. Cobarde es el que dice que “cojo este trabajo porque si no lo hago yo lo cogerán otros” o “Prefiero no sublevarme porque sino me despedirán y contratarán a otro en mi lugar”. Para mí esa actitud es de cobardía sin matices. Tenga mayores o menores cargas personales que condicionen esa forma de actuar, no hay argumento que valga para no proteger o luchar ante una actuación injusta o directamente punible de una persona dentro de una empresa. Por desgracia esa es la norma, y la desprotección que siente el denunciante del acoso no hace sino agravar aún más su alienación. El cobarde es egoísta: piensa más en el riesgo a que por culpa del denunciante se vea perjudicado de algún modo antes que empatizar con la víctima. Es por ello que la situación que se tienda a dar es la de arrimarse al fuerte, al acosador en este caso, antes que al acosado.
  • No hay conciencia en la dirección de las empresas del daño que provoca la omisión del cuidado del entorno laboral. En lo que afecta al acoso laboral, si bien hay un porcentaje nada despreciable de ese acoso que procede de los puestos de mando (algo que debería hacer plantearse hasta qué punto los modelos jerárquicos de empresa no fomentan la generación de violencia instrumental), no debemos olvidar que existe en no pocas ocasiones entre empleados de un mismo rango, y en otras tantas procede de mandos intermedios, que cuentan con unas funciones de toma de decisiones más limitadas. En este sentido, el director de la empresa parece preferir que exista una situación similar a esa calma tensa que se suele dar en los patios de las cárceles antes que apostar por la prevención. Además de desconocer los efectos económicos adversos y de  falta de rendimiento de los empleados que eso implica, el propio director no escapa tampoco al mal del sectarismo laboral. Cuando una situación de este tipo se produce implica necesariamente que algo ha fallado en la gestión de su equipo, y por ello le resulta más cómodo negar la mayor y posicionarse del lado del acosador antes que escuchar a las partes y juzgar la situación de una forma más objetiva.

A todo ello se une la poca conciencia existente aún sobre el daño que produce la violencia psicológica. Pocos se plantean no reprochar o denunciar una conducta donde alguien agrede a otro físicamente. Sin embargo, en la violencia psicológica no hay un daño que se evidencie, todo resulta más etéreo, y ello lleva a que a muchos les cueste reconocer a la víctima como tal: “Es que ve problemas donde no los hay”, “Es que es muy negativa/o”, “Es que no obedece como hacemos todos” y un sinfín de comentarios al que se tendrá que enfrentar toda persona que se salga de las normas de la organización.

Por decencia, dejemos la cobardía y el sectarismo de lado y apostemos por equipos de trabajo donde lo humano esté siempre por encima de cualquier interés.

2 comentarios
  1. Un análisis muy interesante. Sobre el tercer punto del que hablas (la falta de cuidado y control por parte de la dirección de la empresa) no deja de sorprenderme que en la última reforma del Código Penal en la que se trató de impulsar la creación de programas de prevención de delitos en las empresas, no se incluyera como delito imputable a personas jurídicas el mobbing y los delitos contra los derechos de los trabajadores. Si se hubiera hecho así, los planes de prevención de las empresas estarían obligados a incluir protocolos y líneas de denuncia para las situaciones de acoso laboral.

    Protocolos y líneas de denuncia que no siempre funcionarían a la perfección y que unas empresas potenciarían más que otras, pero que son mucho mejores que la situación actual en la que la inmensa mayoría de empresas se limitan a no hacer nada o, incluso, en ocasiones, apoyar al acosador.

    Un saludo.

    1. Gracias por tu comentario Juan María,
      La verdad que lo que planteas tiene mucha lógica. Lo único que puede alegarse al respecto es que todavía hay muy poca conciencia en lo que a acoso laboral se refiere, y de ahí que su contemplación en el código penal resulte todavía insuficiente para ser efectiva, ya que del modo que indicas la protección al empleado sería obligada, igual que tienen que tomar medidas de prevención de riesgos laborales hay que empezar a entender que los daños psicológicos pueden ser mayores o menores en función del control que lleve a cabo la empresa.
      Saludos.

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